¿Qué es el REDEME y cuándo conviene inscribirse?

REDEME

Lo habitual en la declaración del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es que se realicen declaraciones trimestrales y se solicite la devolución que corresponda a fin de año. Pero, existe la posibilidad de solicitar la devolución mensual inscribiéndose en el REDEME o Régimen de Devolución Mensual.

Con el REDEME la principal ventaja es que se puede solicitar la devolución mensualmente, no obstante, existe una desventaja: Que el IVA se tendrá que declarar también de forma mensual. Esto supone que hay que realizar un esfuerzo administrativo importante cada mes para llevar la contabilidad al día y presentar el IVA debidamente.

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Todo lo que necesitas saber sobre el REDEME

¿Quién puede inscribirse en el REDEME?

Para poder inscribirse en el REDEME es necesario cumplir una serie de requisitos:

  • Solicitar la inscripción mediante los modelos 036 o 039.
  • No realizar actividades que tributen por el régimen simplificado.
  • Haber cumplido todas las obligaciones de pago con la Agencia Tributaria.
  • No estar en alguno de los supuestos como la baja cautelar en REDEME o la revocación del NIF.
  • No haber estado excluido del REDEME en los 3 años anteriores.

En el caso en que se solicite la baja en REDEME, no se podrá solicitar de nuevo el alta hasta el año siguiente.

¿Cuándo se solicita el alta en el REDEME?

En el caso en que quieras darte de alta en REDEME, deberás solicitarla en el mes de noviembre anterior al año en que quieres que tenga efecto. Si la solicitud se presenta fuera de plazo, será desestimada y se te comunicará, sin que exista otro trámite.

Si presentas la solicitud de registro en el REDEME y transcurren 3 meses sin haber recibido respuesta, se entiende que la solicitud ha sido rechazada. 

En el caso en que dejes de cumplir alguno de los requisitos para acceder al REDEME o la información que se facilitó para la inscripción no es correcta, te podrán excluir del registro.

¿Cuáles son las características del REDEME?

En base a todo lo analizado anteriormente se pueden deducir las siguientes características del REDEME:

  • Se trata de un régimen especial, puesto que en general la devolución del IVA se solicita a fin de año.
  • Es un régimen voluntario al que el sujeto pasivo puede inscribirse mediante los modelos 036 y 039.
  • Para los inscritos en REDEME, el IVA se liquidará mensualmente y las liquidaciones se realizarán de forma telemática.
  • Las devoluciones que correspondan al IVA se realizarán solo por medio de transferencia al número de cuenta que indique el sujeto pasivo.
  • Los sujetos pasivos que se inscriban deberán presentar una declaración informativa del contenido de los libros registro IVA-IGIC por cada periodo de liquidación del IVA (modelo 340).

¿Cómo te puede ayudar la tecnología a cumplir con tus obligaciones fiscales?

Como decíamos al principio del artículo, estar inscrito al REDEME tiene la ventaja de poder solicitar la devolución del IVA mes a mes, pero el inconveniente de que deberás llevar un control exhaustivo de la facturación de tu empresa y de los gastos. 

Una tarea difícil y complicada para muchas empresas, que puede solucionarse implementando soluciones tecnológicas como por ejemplo softwares de gestión empresarial específicos para contables como Sage 200. 

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