A partir del 25 de mayo de 2018 se empezó a aplicar, con carácter sancionador, el nuevo Reglamento de Protección de Datos Personales (RGPD) que supone un cambio radical en la materia.
Todas aquellas empresas, negocios y organizaciones que recopilen datos de terceros, deberán cumplir con este nuevo reglamento, garantizando la seguridad de los datos recopilados, y que terceros no autorizados puedan utilizarlos.
Contenidos
- Reglamento General de Protección de Datos Personales – RGPD
- ¿Cuáles son las novedades del Reglamento General de Protección de Datos?
¿Cuáles son las novedades del Reglamento General de Protección de Datos?
¿Qué se entiende por “datos personales”? Todos aquellos a los que hacen referencia a una persona física como su nombre, teléfono, dirección, DNI, entre otros.
Profundizando un como más en el Reglamento General de Protección de Datos, podemos destacar las siguientes novedades:
- Ampliación derechos de los usuarios por lo que hace al tratamiento de sus datos:
- El derecho a la queja.
- La retirada del consentimiento.
- Acceso a los datos.
- Conocimiento del tratamiento.
- Oposición al tratamiento.
- Información sobre el tiempo que se conservan los datos.
- Conocer los datos para contactar con el Delegado de Protección de Datos.
- Forma de consentimiento: Ya no puede ser tácito, es decir, ya no valen las casillas marcadas, sino que es necesario un consentimiento que no deje lugar a dudas.
- La portabilidad: Los usuarios tienen derecho a pedir que sus datos sean movidos de un lugar a otro. Por ejemplo, si cambias de compañía de teléfono móvil, tienes derecho a pedir que se transmitan tus datos.
- Ampliación de la aplicación: Se amplía el ámbito territorial de forma que la ley afecta a empresas que ofrezcan bienes o servicios a ciudadanos de la UE.
- El registro de toda la actividad: No solo hay que cumplir la ley, también es necesario demostrarlo, es decir, llevar un registro de todas las acciones que se toman con los datos personales.
- Privacidad siempre: Las medidas para mantener la privacidad de los datos se deben mantener siempre desde que se recopilan hasta que se dejan de utilizar.
- Comunicación de riesgos: Cualquier situación que ponga en riesgo los datos personales debe ser comunicada en el plazo de 72 horas desde que se conozca el riesgo, a las autoridades de control (la Agencia Española de Protección de Datos).
- Nombramiento de un DPO: El Delegado de Protección de Datos deberá ser nombrado por las empresas que procesen datos y deberá tener conocimientos en materia de protección de datos.
- Han aumentado y pueden suponer hasta el 4% de la facturación de una empresa o 20 millones de euros, la cuantía que sea mayor.
Los principios básicos del nuevo RGPD son la responsabilidad, la prevención y la transparencia. Los deberás tener en cuenta en cualquier uso que hagas de datos personales en tu actividad diaria.
Para evitar problemas asegúrate que los softwares que utilizas se adaptan a la nueva normativa, para que no existan fugas de datos y cumplas la ley desde el primer día.
En este sentido, Sage lleva meses trabajando con sus partner y con sus clientes todo lo que concierne a la aplicación de dicho reglamento. Desde sesiones formativas hasta la adaptación de sus softwares de gestión empresarial para facilitar a sus clientes la aplicación del nuevo reglamento.
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