Se prevé que en 2021 entre en vigor lo que se conoce como RETO (Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones) para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, evitando así los efectos físicos y para la salud. Una manera de garantizar la seguridad de las personas y del Medio Ambiente, por ejemplo, en caso de accidente en el transporte por carretera, o de fuga de sustancias perjudiciales.
Así pues, este registro pasará a ser telemático, mediante una aplicación informática para facilitar su cumplimiento por parte del sector, a través del Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones con Productos Fitosanitarios (RETO).
Una nueva normativa que afectará a todas las empresas e industrias del sector Fitosanitario.
Éste consiste en la presentación telemática del registro de transacciones de fitosanitarios que actualmente se gestiona mediante el informe oficial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Real Decreto 1311/2012, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
¿Cuándo entrará en vigor el RETO?
Todavía no hay una fecha determinada para la entrada en vigor de esta normativa, pero sí se sabe que el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente está trabajando en un borrador del Real Decreto, que se encuentra ya en fase avanzada. Lo único que queda pendiente es concretar si la CCAA va a poder legislar sobre este asunto tal y como sucede actualmente.
¿Cómo funcionará este nuevo registro?
El MAPA (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y Medio Ambiente) ha creado esta aplicación para poder gestionar de forma telemática el registro para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
Una aplicación que permite registrar la información en tiempo real, de esta manera, garantizar que todos los movimientos y transacciones realizadas sobre un determinado lote de productos fitosanitarios queden registrados en la aplicación.
Nota importante*: Una información que tendrá que ser añadida de forma manual dentro de la plataforma del ministerio.
¿Cómo acceder a la aplicación?
El primer paso es registrarse en la aplicación, pero para poder utilizarla, es necesario que el usuario o empresa esté inscrita previamente en el Registro Oficial de Productores y Operadores de Productos Fitosanitarios (ROPO), regulado en el capítulo X del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, en el sector suministrador o bien el sector tratamientos del mismo.
Un nuevo registro que todavía presenta algunas incógnitas para el sector y que iremos resolviendo a medida que se vaya ampliando la información.
De momento, hemos preparado una guía rápida sobre este registro, lo qué va a suponer para las empresas este cambio y cómo nuestras soluciones te pueden ayudar a llevar a cabo este registro de forma automática.
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